Los populares sostienen que un responsable de Medio Ambiente y Movilidad habría intervenido en expedientes, subvenciones y aplicaciones municipales y piden que se determine si sus funciones se ajustan a la legalidad
El Grupo Municipal Popular de Xàtiva ha puesto en conocimiento de la Agencia Valenciana Antifraude la actuación de un miembro del personal eventual del Ayuntamiento al considerar que podría estar desempeñando funciones de carácter técnico, administrativo y de gestión que, según sostiene el partido, estarían reservadas al personal funcionario o laboral.
El escrito presentado por los populares hace referencia a A.G.A., nombrado en agosto de 2023 como personal eventual y responsable de Medio Ambiente y Movilidad, con unas retribuciones brutas anuales de 41.179,65 euros, según la documentación aportada por el PP.
La formación asegura haber recopilado documentación que, a su juicio, apunta a una participación habitual de este cargo en diferentes tareas municipales. Entre ellas cita el seguimiento de expedientes administrativos, la preparación de documentación, la tramitación de expedientes relacionados con subvenciones, el uso de aplicaciones municipales como GESTIONA, el acceso a expedientes electrónicos y la elaboración de documentos de carácter técnico o administrativo.
El PP también señala una supuesta participación en tareas de coordinación con personal funcionario y laboral del Ayuntamiento. A partir de estos hechos, los populares plantean a Antifraude que determine si las actuaciones descritas se corresponden con las funciones propias de un puesto de confianza y asesoramiento especial o si, por el contrario, podrían exceder las atribuciones legalmente previstas para el personal eventual.
La normativa limita las funciones del personal eventual
La cuestión planteada por el PP se enmarca en la regulación del personal eventual. El artículo 20 de la Ley 4/2021, de la Función Pública Valenciana, establece que este personal únicamente puede desarrollar funciones expresamente definidas como de confianza o asesoramiento especial. La misma norma señala de forma expresa que el personal eventual “en ningún caso puede realizar actividades ordinarias de gestión o de carácter técnico”, ni aquellas funciones que correspondan al personal funcionario o laboral.
Además, el Estatuto Básico del Empleado Público establece que el personal eventual es aquel que, mediante nombramiento y con carácter no permanente, desarrolla funciones de confianza o asesoramiento especial.
En este caso, será la documentación y, en su caso, la investigación que pueda realizar Antifraude la que permita determinar si las actuaciones señaladas por el PP se ajustan al marco legal.
El PP pide documentación al Ayuntamiento
La formación popular solicita que se analice la situación y que se reclame al Ayuntamiento información sobre las funciones asignadas al puesto, los sistemas municipales a los que tiene acceso el trabajador, los expedientes en los que habría intervenido y los documentos, informes o actuaciones administrativas en los que figure su participación.
El PP plantea además que, si se acreditase que se han atribuido al personal eventual funciones ordinarias de gestión, administrativas o técnicas, se adopten las medidas necesarias para restablecer la legalidad.
Desde el grupo municipal consideran que la responsabilidad política corresponde al alcalde, Roger Cerdà, al ser el máximo responsable del gobierno municipal y de la estructura de personal eventual.
“No estamos haciendo una acusación gratuita ni pretendemos sustituir a los órganos que tienen que determinar la legalidad de estas actuaciones”, señala el PP, que sostiene que la documentación recopilada contiene elementos suficientes para solicitar una investigación. “Hemos encontrado documentación que plantea dudas muy serias y hemos hecho lo que corresponde: ponerla en manos de Antifraude para que investigue y determine si lo que está ocurriendo se ajusta a la ley”, añade.
Los populares reclaman asimismo explicaciones al gobierno municipal sobre las funciones que desarrolla realmente el cargo eventual. “Si está contratado para asesoramiento político, no puede actuar como si fuese un técnico municipal. Y si el Ayuntamiento necesita un técnico, existen procedimientos de selección basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad”, afirman.
La denuncia ante Antifraude no supone por sí misma que exista una irregularidad acreditada. La eventual existencia de responsabilidades dependerá de la documentación que se examine y de las conclusiones a las que llegue el organismo competente.












