Caixa Ontinyent recoge observaciones sobre la propuesta de modificación de la ley valenciana de cajas de ahorros

Con relación a la propuesta anunciada para la modificación de la ley valenciana de cajas de ahorros, consistente en ampliar la limitación de mandato a 12 años a los miembros del Consejo de Administración que sean a la vez consejeros generales de la Caja, la Comisión Ejecutiva de Caixa Ontinyent ha acordado, en su sesión de hoy, formular las siguiente OBSERVACIONES:

1) La reciente reforma legal del sistema financiero y de las cajas de ahorros actualiza y pone en mayor valor la democratización, la transparencia y el relevo periódico en los órganos de gobierno. Estas disposiciones ya han sido recogidas en los estatutos y reglamentos de la entidad (con mandatos de seis años, renovaciones por mitades cada tres años, transparencia en los procesos electorales, y comunicación pública de las actuaciones).

2) La nueva composición de los órganos de gobierno (con reducción del número de representantes de la Administración), la incorporación de consejeros independientes (que son mayoría en el Consejo, ostentarán la presidencia de sus comisiones y tienen limitado el mandato a doce años), los nuevos requisitos de capacitación para el ejercicio del cargo, las limitaciones, obligaciones, deberes y responsabilidades que ahora se les exigen, llevan implícita la regeneración democrática y responsable del modelo de gobierno corporativo.

3) Los cargos en los órganos de gobierno de Caixa Ontinyent, a diferencia de los de otras entidades financieras, tienen carácter gratuito y sólo se retribuye mediante dietas limitadas por asistencia a las sesiones.

4) Limitar el mandato de los consejeros generales en el Consejo de Administración (que son 4 de los 9 consejeros que lo componen, ya que los otros 5 son consejeros independientes), en tanto continuaran manteniendo la confianza de la Asamblea General, resulta precisamente antidemocrático, ya que supone prescindir de la voluntad de los propietarios de la entidad, en este caso de la propia sociedad. Y esta situación sólo se daría en Caixa Ontinyent y no en otras entidades, organismos e instituciones tanto públicos como privados.

5) La limitación de mandato a los miembros del consejo de administración consejeros generales resulta incongruente e incluso contradictoria con la nueva legislación sobre requisitos y evaluación de la idoneidad, toda vez que uno de los valores que se destacan es, precisamente, la experiencia en el cargo, incluso con un proyecto de guía del Banco Central Europeo que prevé una experiencia mínima de 10 años para acceder al cargo de presidente.

6) Las entidades de crédito, que compiten entre ellas, están sujetas a un régimen de gobierno corporativo en el que se conjugan los consejeros independientes (con limitación de 12 años en el cargo) y consejeros generales (con renovaciones sujetas a la confianza periódica de la Junta de accionistas o, en el caso de esta Caja, de su Asamblea General). Un régimen diferente para los miembros del consejo de administración de Caixa Ontinyent supondría una excepción dentro de todo el sistema financiero español.

7) La estabilidad del gobierno corporativo es esencial para la viabilidad de la Entidad, y más en un entorno tan competitivo como el financiero. Resulta aconsejable disponer del mayor número posible de candidatos sin prescindir de personas que, si continuaran manteniendo la confianza de la Asamblea General, podrían aportar gran valor a la Entidad y, con todo ello, mayor estabilidad.

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